A1 Principio de Peter
Tópico
El punto de partida de este carril es la autoridad legal-racional: a diferencia de la autoridad carismática o tradicional, que emerge de la centralidad de red, el carisma percibido o la credibilidad acumulada de una persona, la autoridad legal-racional reside en un cargo y no en la persona que lo ocupa. Una regla formal —un nombramiento, un contrato, un organigrama— es la que otorga esa autoridad al cargo, y que resida en el cargo y no en su titular hace que la autoridad legal-racional sobreviva al cambio de titular, aunque la persona que ocupaba el cargo sea reemplazada por otra.
Que la pertenencia a una comunidad organizada alrededor de estos cargos sea condición de un contrato, y no una elección de asociarse libremente, hace que la autoridad legal-racional que reside en un cargo particular se extienda a comunidades enteras construidas sobre el mismo principio: empresas, ejércitos, burocracias estatales, iglesias como institución.
Que los costos de transacción de coordinar caso a caso, en red o en mercado, superen a los costos de coordinar por autoridad dentro de una jerarquía de cargos, hace que aparezca la organización formal: es la razón, según el argumento de Ronald Coase, por la que existen estas comunidades en vez de que toda la coordinación ocurra por negociación libre.
Dentro de esa jerarquía de cargos, cada cargo se ocupa mediante ascensos, y el criterio de ascenso vigente hace descansar la decisión exclusivamente en el desempeño de la persona en su cargo anterior. Que la correlación entre el desempeño de esa persona en el cargo anterior y su desempeño en el cargo actual caiga a cero o se vuelva negativa, mientras el criterio de ascenso sigue basado exclusivamente en el desempeño pasado, hace que ocurra el ascenso hasta el nivel de incompetencia que describe el Principio de Peter: quien ocupa el cargo actual dejó de desempeñarse bien en él, pero el criterio que lo llevó hasta ahí no puede detectarlo, porque solo mira hacia el cargo anterior.
Por eso el Principio de Peter sirve, dentro de la autoridad legal-racional con la que se abrió este carril, para señalar el punto exacto en que esa autoridad —otorgada por una regla formal a un cargo y no a una persona— termina asignada, dentro de la jerarquía de una organización formal, a alguien cuyo desempeño en el cargo actual ya no guarda relación con el desempeño en el cargo anterior que lo hizo merecedor de ese ascenso.
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